La Comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado aprobó una reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de fortalecer las garantías para que las potosinas accedan a los servicios de interrupción voluntaria del embarazo en los supuestos permitidos por la ley.
La diputada María Leticia Vázquez Hernández, presidenta de la comisión, explicó que la modificación incorpora explícitamente dentro del concepto de “violencia contra los derechos reproductivos” cualquier acción u omisión que impida o dificulte el acceso a estos servicios de salud, así como retrasos o demoras atribuibles a instituciones públicas. Esta definición amplía la protección que ya contempla la legislación respecto a información y educación en materia sexual y reproductiva.
El dictamen también añade medidas de protección en situaciones específicas que la norma reconoce como causales para la interrupción legal del embarazo, entre ellas violación, estupro, inseminación artificial indebida o la implantación de un óvulo fecundado sin consentimiento. La intención es asegurar que las autoridades de salud garanticen procesos ágiles, seguros y libres de obstáculos burocráticos.
La legisladora señaló que la ley establece con claridad la obligación del Estado de brindar estos servicios de manera pronta, accesible y con personal capacitado, por lo que cualquier retraso institucional que derive en la negación del procedimiento debe considerarse una forma de violencia contra los derechos reproductivos.
La propuesta, que ajusta las fracciones pertinentes de los artículos 4 y 37 de la ley estatal, será enviada al Pleno del Congreso para su discusión y eventual votación. La reforma busca que las mujeres en San Luis Potosí ejerzan sus derechos reproductivos sin barreras y con pleno respaldo institucional.