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Congreso del Estado aprueba sanciones por uso de vehículos tirados por animales para recolección de residuos

Las reformas a la Ley de Protección a los Animales contemplan multas de hasta 120 UMA por prácticas consideradas como maltrato animal.

El Pleno del Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley de Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de establecer sanciones específicas a la utilización de vehículos tirados por animales para la recolección de fierro, basura o residuos domésticos.

De acuerdo con lo aprobado, estas conductas serán sancionadas con multas que van de tres hasta ciento veinte días del valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, como parte de una medida coercitiva orientada a inhibir prácticas que representan maltrato animal.

Las reformas también incorporan al catálogo de conductas sancionables la colocación sobre la piel de los animales de productos o implementos nocivos, ya sea por razones estéticas o de cualquier otro tipo, con excepción del tatuaje utilizado para identificación o reconocimiento de raza.

El dictamen fue presentado por la Comisión de Ecología y Medio Ambiente, la cual señaló que estas modificaciones buscan fortalecer la protección y el bienestar de los animales en el estado, al dar cumplimiento a la prohibición ya establecida en el artículo 36 de la Ley de Protección a los Animales, referente al uso y tránsito de vehículos de tracción animal para actividades de recolección de residuos.

Finalmente, se destacó que la protección animal responde a una visión ética y legal respaldada por tratados internacionales, así como por leyes estatales y ordenamientos municipales, que reconocen el uso de animales de tracción como una forma de maltrato y promueven su eliminación progresiva mediante legislación y sanciones.

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