El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó la reforma al artículo noveno de la Constitución Política estatal en materia de derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, a iniciativa del diputado Roberto García Castillo, con el objetivo de armonizar la legislación local con la reciente reforma al artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El legislador destacó que esta modificación va más allá de un acto simbólico, al representar el cumplimiento de una obligación constitucional que reconoce a los pueblos originarios como sujetos de derecho público, con identidad propia, autonomía y derechos colectivos. Subrayó que con esta decisión se atiende una deuda histórica del Estado mexicano y del Estado potosino con estos grupos, quienes durante siglos han sido marginados en la práctica.
García Castillo señaló que la reforma busca sentar las bases de un marco jurídico que garantice justicia, inclusión y dignidad, permitiendo el pleno ejercicio de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
Entre los alcances de la reforma se encuentra el reconocimiento del derecho a desarrollar, practicar, fortalecer y promover la medicina tradicional y la partería para la atención del embarazo, parto y puerperio. Asimismo, se garantiza el derecho a contar con intérpretes, traductores, defensoras, defensores y peritos especializados en derechos indígenas, pluralismo jurídico, perspectiva de género y diversidad cultural y lingüística.
La reforma también establece el derecho al desarrollo integral conforme a sus propias formas de organización económica, social y cultural, con respeto a la integridad del medio ambiente y a los recursos naturales. Además, se reconoce su derecho a la promoción, protección y difusión de sus conocimientos y aportaciones a la historia y diversidad cultural, así como su inclusión en registros oficiales, censos, estadísticas y encuestas, respetando su identidad y autoadscripción.
De igual forma, se garantiza la participación efectiva de las mujeres indígenas y afromexicanas en condiciones de igualdad en los procesos de desarrollo y en la toma de decisiones públicas, así como el respeto a sus derechos de acceso a la educación, la salud, la propiedad y la posesión de la tierra.
Finalmente, se reconoce el derecho de niñas, niños, adolescentes y jóvenes indígenas y afromexicanos a recibir atención adecuada en sus propias lenguas, con acceso pleno a la educación, la salud, la tecnología, el arte, la cultura, el deporte y la capacitación para el trabajo, asegurando una vida libre de exclusión, discriminación y violencia, en especial de violencia sexual y de género.